El tiempo se agota para los contribuyentes que emiten
facturas electrónicas, cada vez falta menos para la entrada en vigor oficial de
la factura en su versión 3.3, y es que a partir del 1 de diciembre todos
tendrán que emitirlas de manera obligatoria.
Si tú eres de los que aún no realizan la migración te
recomendamos checar cuáles son los principales cambios para que de inmediato
comiences a hacer los ajustes necesarios y te evites de ser acreedor de alguna
multa o penalización. Así que no te quedes atrás y checa las modificaciones
desde los catálogos hasta la validación de comprobantes fiscales.
Uno de los primeros cambios es el tipo de comprobantes. Actualmente
se emiten tres tipos que son de ingreso, egreso y traslado, pero con la
actualización se agrega un comprobante de recepción de pagos que permitirá hacer más fácil la conciliación
de facturas contra los pagos y un comprobante de nómina que se emitirá por los
pagos realizados por concepto de remuneraciones de sueldos, salarios y
asimilados, será una especie de factura de egresos.
Otro cambio tiene que ver con las reglas de validación, las
cuales permiten tener información más confiable y de mayor calidad, con esto se
busca evitar que el emisor cometa errores, uno de los principales es en la
captura de RFC, lo cual después genera otro tipo de problemas. De esta manera
con la nueva factura se hará una validación inmediata del RFC y si se detecta
que la información es errónea entonces se hará el rechazo de la misma evitando
así que después se tenga que cancelar una factura incorrecta y se vuelva a
emitir, lo cual ahorra mucho tiempo a los contribuyentes.
También habrá cambios en los registros de impuestos y
descuentos, con la factura anterior éstos se registraban de manera global por
lo que no permitía la identificación de gravámenes de cada uno. Con la nueva
versión los registros se harán a nivel de concepto, es decir que cada uno se
identificará con la base de impuesto (ISR, IVA, IEPS) así como el tipo de
factor el cual será a través de una tasa o cuota y el importe de impuesto
calculado.
El complemento de recepción de pagos es un nuevo elemento de la factura el cual deberá emitirse cuando se realice el pago de una factura en parcialidades o diferidamente. Esto se podrá realizar de dos formas, por un lado se podrá emitir por cada pago recibido o también se podrá hacer por todos los del mes, la única condición es que correspondan al mismo receptor.
El uso del CFDI es otro aspecto que cambiará, ahora que se expida un comprobante fiscal se debe preguntar al receptor el uso que le dará al mismo, para que se detalle la clave conforme a los catálogos. Esto servirá para que los contribuyentes puedan llevar un mejor registro de su contabilidad, sin embargo, en caso de que el receptor le dé un uso diferente al comprobante no tendrá una afectación ni tendrá que ser cancelado, por lo que no afectará la deducción o acreditación de los impuestos.
Un campo que se agregó es el de confirmación, en éste se
tendrá que poner una clave que se le pedirá al proveedor de certificación
cuanto tenga que emitir la factura. En caso de que dicha factura rebase el
monto límite establecido en los catálogos del tipo de comprobante se pedirá el
folio de confirmación al proveedor y se deberá incluir el comprobante respectivo.
El SAT ya actualizó las cantidades correspondientes en el catálogo de tipo de
comprobante, el monto máximo será de 100
millones de pesos para los comprobantes de ingreso, egreso y recepción de
pagos. Esta confirmación aplica de la misma manera cuando los tipos de cambio
sean o muy bajos o muy altos con respecto al valor del mercado cambiario.
En la nueva factura la clave del producto o el servicio
deberá estar registrada de acuerdo al catálogo que esté publicado en el SAT, en
la página web de la dependencia hay archivos que contienen las claves que
corresponden a cada uno de los productos. Es importante que se tome el tiempo necesario
para la identificación de estas claves, es algo que toma tiempo pero que debe
de realizarse para asegurarse de llevar correctamente la contabilidad.
Otro punto que hay en las nuevas facturas es la
estandarización de la información a través de los catálogos que ayudarán a los
contribuyentes a llenar los espacios, por ejemplo si se tiene que colocar el
lugar donde se emitió la factura el contribuyente no deberá dudar entre
escribir Ciudad de México o DF ya que habrá un catálogo que permitirá ubicar un
estado o municipio en específico y fijar la clave correcta.
Estos son sólo algunos de los cambios que entrarán en vigor
el 1 de diciembre, pero también habrá otros que tiene que ver con la verificaciónde comprobantes digitales, por lo que habrá que estar muy atento de todos
los nuevos procesos.
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